DISPOSITIVA:
Por tal motivo, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y del Municipio Arismendi del Estado Barinas actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara:
PRIMERO: Que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD sobre las BIENHECHURÍAS CONSISTENTES EN: una casa principal para habitación familiar de mampostería de aproximadamente 13x10 mts, con piso de cemento rustico, dos (02) habitaciones, una de ellas con piso de cemento rustico y la otra con piso de cemento pulido, un depósito con piso de cemento rustico, una cocina en construcción con piso de tierra, sala comedor con piso de cemento rustico, todo con estructura de hierro y concreto y techo de acerolit...sobre las bienhechurías enclavadas en un lote de terreno denominado Fundo, "RANCHO ESPAÑA", igualmente se encuentra alinderado por el NORTE: Carretera Nacional Apurito El.....