DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal actuando en Sede Constitucional Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Incompetente para conocer la presente acción interpuesta por el Apoderado Judicial Abogado HENRY ABNER RODRIGUEZ, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.755 del ciudadano WILLIAM RAMON NORIEGA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.599.918 contra del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista Apure (INCES-APURE).
SEGUNDO: Se declina la competencia en la presente causa al Juzgado Superior Civil (Bienes) Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los.....