Ahora bien, a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el cómputo respectivo de la pena que recae en contra del prenombrado ciudadano.
Penado: JOSE ANTONIO ECHENIQUE.
Delito: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA SEXUAL
Pena Impuesta: Diez (10) Años de Prisión.
Fecha de la Detención: Desde: 03-10-2011. Hasta la fecha de hoy.
Tiempo Detenido: Tres (03) meses y Trece (13) días
Falta por cumplir: Nueve (09) Años, Ocho (08) Meses y Diecisiete (17) días.
Beneficio que le Procede en las fechas: Destacamento de Trabajo: 13-04-2014
Régimen Abierto: 03-02-2015
Libertad Condicional: 03-06-2018
Confinamiento: 03-04-2019
Cumple la Pena: 03-10-2021
En consecuencia dando estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez practicados los cálculos pertinentes, en el presente caso, le procede en las fechas anteriormente mencionadas al penado: JOSE.....