En el presente caso, es claro que lo que las partes hicieron mediante el documento consignado, fue una transacción Judicial; donde la parte querellada da un ofrecimiento de pago a la parte actora y que fue aceptado por la misma, lo que corresponde a una Transacción Judicial. Evidenciándose, que a la abogada Adriana Luque, suficientemente identificada, el ciudadano Alcalde del Municipio Biruaca del Estado Apure, la Autoriza para que proceda a realizar la Transacción por ante este Tribunal, tal como consta al folios 29, del expediente judicial, así como también autorización de la ciudadana Alcaldesa para que proceda a realizar transacción Judicial cursante al folio 115, en razón de ello por cuanto las partes dan por concluidas las reclamaciones que dieron origen al caso sub examine, y visto igualmente, que el objeto de la transacción se ajusta a las previsiones del Código Civil, esto es, versa sobre materias en las cuales no están prohibidas las transacciones; facultadas como ya se ha d.....