DISPOSITIVA:
Estando los extremos exigidos en el Código Orgánico Procesal Penal, para que se otorgue el beneficio de Libertad Condicional, este Tribunal de Ejecución y Medidas de Seguridad, atendiendo a la consecución de la Justicia en la aplicación del derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 488 del anterior Código Orgánico Procesal Penal y en virtud de la Extraactividad de la Ley, establecida en el Artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: LA LIBERTAD CONDICIONAL al penado DOUGLAS ALEXIS ASCANIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.241.529 y de conformidad con el artículo 488 del anterior Código Orgánico Procesal Penal y artículo 553 del Código Orgánico Procesal vigente,
SEGUNDO: Se le impone las siguientes condiciones:
1.- No salir de la jurisdicción donde tenga establecid.....