En consecuencia, se acuerda LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al acusado EUGLIDES ALEXANDER SALINAS HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 13.255.573, residenciado en Barrio San José, calle principal, casa S/N, frente a la chivera Duncan, casa de color Azul, familia Salinas, San Fernando Estado Apure, hijo de Gioma Grises Hernández (v) y Misael Salinas (v) fecha de nacimiento 17-08-77, natural de San Fernando Estado Apure.De conformidad con lo establecido en el ordinal 5° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, SE MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD por cuanto no han variado los supuestos que dieron lugar a la misma. OCTAVO: Se declara concluida la FASE INTERMEDIA y se emplaza las partes para que, en el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al presente pronunciamiento concurran ante el juez y de conformidad con la previsiones del artículo 331 ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, se instruye al ciudadano secretario pa.....