IV. DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: ABSUELVE al acusado ENDER FAUBRICIANO JIMÉNEZ MANRIQUE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.462.505, nacido en fecha 10-04-1987, de 24 años de edad, natural de Guasdualito, estado Apure, de ocupación obrero, residenciado en el barrio manga del Río, calle principal al pasar el puente, casa N° 01, de color rosado, Guasdualito estado Apure, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente (Se obvia de conformidad con lo establecido en el artículo 545 del la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). SEGUNDO.....