De conformidad a lo establecido en el artículo 335 del Código Orgánico Procesal Penal, Siendo las 5:35 horas de la tarde se suspende la celebración del presente acto en virtud de la incomparecencia del funcionario LUIS GARCIA, para el día 24/04/2008, a las 9:30 a.m Es todo. Quedan Notificadas las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. Líbrese boleta de notificación. Es todo terminó se leyó conformes firman.
LA JUEZ
Dra. ZULEIMA ZARATE LAPREA