este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: MARIA EMPERATRIZ JUAREZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.040.076, sobre unas bienhechurías constituidas por: Una (01) Casa de habitación familiar, que consta de ochenta y cinco metros cuadrados (85 m2), con las siguiente dependencias: Tres (3) Habitaciones, Un (1) Recibo, Un (1) Comedor, Una (1) Cocina Empotrada, Una (1) Sala de Baño, techo de Acerolit, Piso de cemento pulido, Puertas y Ventanas de Hierro, su frente de mampostería y protección metálica, instalación eléctrica, aguas blancas y servidas, cerca de alambre de púa y est.....