DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, presentada por SANTA ADELAIDA ROMERO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.594.482, contra los ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ ROMERO y EDGAR ALEXANDER GONZALEZ ROMERO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 24.104.496 y 19.815.855, respectivamente.
SEGUNDO: Se declara reconocida la Unión Concubinaria de hecho de los ciudadanos SANTA ADELAIDA ROMERO, y el decujus ciudadano, EDGAR ISAAC LAYA GONZALEZ, mantuvieron una relación de hecho de convivencia de pareja en forma pública y notaría como marido y mujer, durante veintiséis (26) años Once meses y diez (10 días, a partir de día 17-05-19.....