Por todas las consideraciones anteriormente expuestas es por lo que este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Único: INADMISIBLE in limine litis el presente Recurso Contencioso Administrativo, ejercido por la ciudadana Saimar de los Ángeles Bolívar de Hernández, titular de la cédula de identidad Nº.V. 15.359.069, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Ángel Miguel Ferlisi Torres, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº. 165.062, contra la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora (U.N.E.LL.E.Z.), ello por los razonamientos expuestos en la motiva de la presente decisión.