. El Tribunal visto el señalamiento anterior hecho por al Abogado Actor, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente Embargados Provisionalmente los siguientes bienes muebles 1.- un (1) aire acondicionado Marca Luferca, de 12.000 BTU, serial 900306006133, 2.- un (1) televisor, de 19 pulgadas, Marca LG, serial 110RM03662, y declara la desposesión jurídica de los mismos. Seguidamente el Perito Avaluador designado solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: procedo a valorar prudencialmente los bienes anteriormente Embargados Provisionalmente por este Tribunal, en la forma siguiente: 1.- valorado en Bs. 120.000, 2.- valorado en Bs. 100.000, los cuales se encuentran en buen estado de funcionamiento, para un total general de DOSCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.220.000). Seguidamente solicita el derecho de palabra el Abogado Actor y concedídole como le fue, expuso: Me reservo el derecho de seg.....