éste Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs.F. 10.000.00) mensuales, los cuales debe sufragar el padre y hacer entrega a la madre los días quince y ultimo de cada mes, asimismo el padre se compromete a sufragar el 50% de los gastos propios de las épocas decembrinas (ropa, calzado y juguete) y de los gastos médicos y medicina cuando sean requeridos.
Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Cir.....