Éste Juzgado Segundo de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial de Aumento de Obligación Alimentaria en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el articulo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se acuerda PRIMERO: Aumentar la Pensión Alimentaria de Mil Bolívares (Bs. 1000,00) mensuales a Dos mil Bolívares (Bs. 2.000,00) mensuales; SEGUNDO: se acuerda aumentar el Bono único escolar en el mes de Septiembre a Seis Mil bolívares (6.000,00) TERCERO: se acuerda de igual forma el Aumento del Bono Decembrino a Diez Mil bolívares (10.000,00) y por último se acuerda que en lo referente a las medicinas, vestido, recrea.....