DESISTIDO el presente procedimiento de DEMANDA DE REVISIÒN DE OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN, fundamentado en el artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio.