En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.-PRIMERO:competente, para conocer en primer grado de jurisdicción, la presente causa.-
2.-SEGUNDO: Se Admite Provisionalmente elRecurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos particulares Conjuntamente con solicitud de Amparo Cautelar, ejercido por el ciudadano Wilmer Rafael Tejada Guerra, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.723.689, debidamente asistido por el abogado Ruffo Graciano Bolívar, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 135.312, contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por el ciudadano Wuikelman Ángel Paredes, Presidente del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), mediante pun.....