En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de la ciudadana ANAMARITZA REY CHAVEZ, de nacionalidad colombiana, titular de la Cédula de Ciudadanía Nº C.C- 3.646.165, de 27 años de edad, nacida en fecha 16-10-1982, natural de Villavicencio, Departamento del Meta, República de Colombia, de estado civil soltera, grado de instrucción Bachiller, de profesión u oficios del hogar, residenciada en el Sector Orichuna, Vía El Amparo después de los policías acostados de los asaderos, en la curva después del puente de cemento por la entrada a mano izquierda, segunda casa diagonal al caimito, El Amparo, Estado Apure, hija de Carlos Rey y Marta Chávez, teléfono 0426-3770919, por la presunta comisión del delito de USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado.....