este Tribunal de Control, del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ACUERDA: Primero: Oficiar ala Prefectura del Municipio El Nula, con el objeto de que remitan a este Juzgado acta de defunción del ciudadano adolescente: : (Se omite la identificación del Adolescente por mandato expreso del Artículos 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Segundo: Ordenar de oficio la captura del adolescente: (Se omite la identificación del Adolescente por mandato expreso del Artículos 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Tercero: Líbrese los oficios que corresponden. Quedan Notificada la defensa cómo única parte compareciente. Líbrese boleta de notificación al representante del Ministerio Público. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:00 horas de la mañana.
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