DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la oposición ejercida por el Abogado JUAN FRANCISCO ALVARADO PALACIOS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ALGODONERA RIOS DEL SUR, C.A. En consecuencia, se levanta la medida de embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha doce (12) de agosto de dos mil nueve (2009), sobre una planta desmotadora de algodón de las siguientes características: separador principal con rueda de vacío, control automático con rueda de vacío, TDOC (área de secado de algodón), limpiador inclinado, distribuidor de algodón en rama, tres (3) cuerpos de cajas desmotadoras (lumus) con 128 sierras, tres (3) cuerpos de limpia fibra, condensad.....