CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A instaurada por los ciudadanos: ANA MARELBYS OLIVO BLANCO y ARSENIO FIDEL CASTILLO ARMADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.683.075 y 14.947.940 respectivamente, en consecuencia, SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía, conforme al artículo 185-A del Código Civil; contraído el día 21 de Agosto del año 2.000, por ante la Jefatura del Registro Civil de la Parroquia Apurito, Municipio Autónomo Achaguas, Estado Apure, según Acta numero catorce (14).