Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: OYE el recurso de regulación de competencia, interpuesto por la Abg. Zenaida M. Pizzani V., Inpreabogado Nº 54.914, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada ciudadana Carmen Eliades Guadamo, ordenando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 ejusdem, remitir copias certificadas de la totalidad del presente expediente al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Apure y Amazonas, para que en el plazo de diez (10) días y con preferencia a cualquier otro asunto sea decidida la regulación de la competencia planteada. Líbrese Oficio.
SEGUNDO: El hecho de oír la regulación solicitada, no implica la suspensión del juicio, el cual debe continuar s.....