PENA IMPUESTA: Ocho (08) años de prisión, mas accesorias.
DETENIDA DESDE: El 24 de octubre de 2.000.
PENA CUMPLIDA: siete (07) años, diez (10) meses y veintitrés (23) días, considerando las redenciones que le fueron acordadas: 1º.- cinco (05) meses, veinticinco (25) días, de fecha 06 de febrero de 2.002. 2º.- Diez (10) meses y once (11) días, de fecha 08 de mayo de 2.003 y 3º.- un (01) año, tres (03) meses, de fecha 27 de abril de 2.005.
PENA POR CUMPLIR: Un (01) mes y siete (07 días.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 24 de marzo de 2.006.
LA PENA ACCESORIA de sujeción a la vigilancia de la autoridad, comienza el día siguiente de haber cumplido la pena principal, 1/5 parte de esta, la cual es por el lapso de un (01) año, siete (07) meses y seis (06) días y culmina en fecha 01 de noviembre de 2.007.
Notifíquese del presente cómputo al Ministerio Público, a la penada y su defensor, para que en el lapso de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación......