Es así, que éste juzgador actuando como Juez de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Especial Agrario, en ejercicio de la tutela Constitucional facultad Jurisdiccional que poseen todos los jueces de la República y en aplicación de los Principios y Postulados Normativos Constitucionales, a los efectos de garantizar una Justicia Transparente, Accesible, Imparcial, Responsable, Equitativa y Expedita, sin Dilaciones indebidas y Reposiciones inútiles en los términos que dispone el articulo 26 de la Carta Magna con el objetivo de impartir justicia como Estado Democrático, Social de Derecho y de Justicia (Artículo 2 Carta Magna) En que se encuentra constituidas la República Bolivariana de Venezuela, efectuando una interpretación armónica y progresiva de los artículos 172 y 174 de la de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concatenación con los artículos 2, 26 y 49 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena la solicitud de remisión de los antecedentes a.....