Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Acuerda: Mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Libertad, como lo es la de presentación por ante el Cuerpo de Alguacilazgo de este Circuito y Extensión cada ocho (08) días, del ciudadano acusado, MELVIN JAVIER OSPINA ROJAS, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía No. E-91.542.040; de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal,. Notifíquese las partes. Cúmplase.