DECISION:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este tribunal Segundo de primera instancia en funciones de control del Circuito judicial penal del estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando justicia en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, impone a los Ciudadanos JULIO CESAR CORONA MOTA, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por el lapso de un (01) año, con las siguientes condiciones:
1º No cometer nuevos delitos;
2º Donar 2 resmas de papel bond tipo oficio, 2 cajas de plastilina, 2 cajas de colores y 2 juegos didácticos a la Escuela Básica Antonio José Torrealba Ostos (Solicitar factura de la compra y certificación de entrega por parte del director de la mencionada escuela);
3º Prohibición de cambiar de residencia sin autorización del Tribunal,
4º Consignar Constancia de Trabajo.....