La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano ANDRES BENICIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.145.249, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 43 de la Ley de Violencia, en concordancia con lo establecido en el primer aparte del artículo 80 del Código Penal. Todo de conformidad con lo establecido el artículo 96 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La continuación del proceso siguiendo el PROCEDIMIENTO ESPECIAL previsto en el Capitulo IX, Sección Sexta de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 97 ejusdem. Se decreta en contra del imputado Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad a lo e.....