ESTE JUZGADO UNIPERSONAL DE JUICIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda ampliar por el plazo de un año más (01)la aplicación del régimen de prueba, tomando en cuenta el informe de la Unidad Técnica No.03 de Apoyo al Sistema Penitenciario, San Cristóbal Estado Táchira, y la opinión favorable de la víctima y el fiscal, en tal sentido el acusado debe seguir cumpliendo las condiciones que se le impusieron en audiencia del día 23 de mayo del 2.003, y deberá este bajo las condiciones que imponga el delegado de prueba. Este Tribunal acuerda oficiar a la Unidad Técnica No.03 de Apoyo al Sistema Penitenciario, San Cristóbal, Estado Táchira, igualmente el acusado debe informar inmediatamente a este Juzgado si cumplió con la presentación ante dicha Unidad, como fue acordado. Siendo las 10:50 horas de la mañana se terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE JUICIO,