Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la inhibición presentada por el profesional del derecho DAVID O. BOCANEY O. en su carácter de Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa distinguida en ese tribunal bajo el N° 1M-376-07, seguida contra los ciudadanos GARCÍA ROJAS ANDERSON, HERNÁNDEZ RIERA JOSÉ MANUEL y VALERO ACOSTA JHONCARTY, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN, en virtud de que en la presente causa la defensa del ciudadano ANDERSON GARCÍA ROJAS es ejercida por la abogada MARY GRATEROL PETTI, con quien el inhibido, según sus dichos, tiene lazos profundos de afectividad por el sacramento del bautismo.