Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano Marichales Pulidor Ángel Anibal, titular de la cédula de identidad N° 3.770.507, debidamente representado por los abogados en ejercicio Elicar Ascanio Solórzano y Elías Elicar Ascanio Solórzano, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 156.607 y 81.438, respectivamente, contra el Municipio San Fernando del Estado Apure.
Segundo: Se ordena a la Alcaldía del Municipio San Fernando cancelas la cantidad de Ocho Mil Bolívares (Bs. 8.000,00), contenido en la Cláusula 103, Parágrafo Cuarto, de la II Convención Colectiva de los Empl.....