PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, ACTIVIDAD PECUARIA Y DEL MEDIO AMBIENTE, solicitada por el ciudadano GUILLERMO ALEJANDRO CASTILLO CASTILLO, Venezolano, Mayor de Edad, titular de la Cedula de Identidad Nro V.- 13.151.051, en su carácter de apoderado del ciudadano MIGUEL TOLEDO OLIVO PIÑA, Venezolano, Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V.- 8.759.194, con domicilio en el predio denominado "LA LUCHA", ubicado en el sector Mata del Medio, Parroquia San Antonio, Municipio Arismendi del Estado Barinas...SEGUNDO: A toda persona natural o jurídica, pública o privada que se abstengan de realizar cualquier actividad de afectación ambiental.
TERCERO: Se prohíbe la deforestación de los árboles y arbustos que forman parte del paisaje de la zona en contra fauna y flora, con el objeto de proteger y salvaguardar los recursos naturales renovables y no renovables existente en la zona. en virtud de ello se ord.....