Es por todo los razonamientos antes expuestos que este TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, POR MAYORIA DE VOTOS DECIDE: PRIMERO: Declara culpable al acusado JOSÉ LIBARDO MARTÍNEZ ROLDAN, de nacionalidad Extranjero Nacionalizado, titular de la cédula de identidad Nº 25.365.308, natural de Casanare, República de Colombia, nacido en fecha 13-12-1948, de estado civil viudo, de 59 años de edad, de ocupación obrero, hijo de Alberto Martínez (F) y de Ana Rosa Roldan (F), residenciado en el Sector el Espinocero, cerca de la Escuela, Palmarito, Estado Apure, por la comisión del delito de SECUESTRO EN GRADO FACILITADOR, previsto y sancionado en el parágrafo primero del artículo 460 del Código Penal y en consecuencia lo condena a cumplir la pena de (10) AÑOS de prisión. Igualmente, se condena a las P.....