Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure en Sala Accidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación de Sentencia, ejercido por los abogados DAVID ALBERTO PÉREZ y MANUEL PÉREZ BERDUGO, en su condición de Defensores Privados del acusado VLADIMIR HIDALGO LOGGIODICE, de conformidad con el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la Sentencia definitiva dictada en fecha 13-09-2006 y publicada en fecha 02-10-2006, dictada por el Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa 1U-311-06, decisión impugnable y recurrible, conforme al artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija la celebración de la audiencia Oral y Pública para el día Jueves 26 de noviembre de 2009 a las 10:30 horas de la mañana, conforme al artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal......