Es por todo lo antes expuesto que, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía XII del Ministerio Público, en contra del imputado FELICIANO JIMENEZ FLORES, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº C.C 5.553.985, de 66 años de edad, nacido en fecha 03-11-1942, natural de Toledo, Norte de Santander, República de Colombia, de profesión u oficio Comerciante, de estado civil soltero, hijo de Ernestina Flores y Félix Jiménez, residenciado en la Avenida Quinta, casa Nº 4-8, Barrio Libertador, casa de Alcira Rincón, Club El Nulita, Estado Apure, teléfono 0416-8791710, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación.....