DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: Con lugar la solicitud interpuesta por los ciudadanos YANKEES LEOMAR CASTILLO BLANCO, cédula de identidad 17.608.876, YORMAN ALBERTO MORENO, cédula de identidad 16.406.141, asistidos por su Defensor Privado DR,. FRANK REINADL TOVAR, en consecuencia impone a los citados imputados las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de las contempladas en el artículo 256 ordinal 3° 4° y 8° concatenado con el 257 todos del Código Orgánico Procesal Penal, con las condiciones esgrimidas en la parte narrativa de la presente decisión. En tal sentido se ordena el traslado inmediato de dichos ciudadanos a objeto de imponerlos de las medidas aquí acordadas.
Impóngase al Imputado de la presente decisión. Líbr.....