éste Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la nulidad del auto de fecha 31 de enero de 2.008, dictado por éste Tribunal, en donde se le dio entrada a la presente causa, de conformidad con los artìculos 191 y 193 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir la causa al Tribunal de Control de éste Circuito y Extensión. Déjese copia certificada de la causa. Notifíquese y ofíciese.
La Juez
Abg. Betty Yaneht Ortiz
La Secretaria