Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Abogado JACKSON CHOMPRÉ LAMUÑO, actuando en su carácter de Defensor Público del ciudadano: DANIEL ANTONIO POLANCO ARRAY; contra la decisión dictada en fecha 18ENE11, por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en la causa Nº 1U-524-10, nomenclatura de ese Tribunal A-quo, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Ocultamiento.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en San Fernando de Apure, a los Dieciocho (18) días del mes de Febrero del año 2011.
EDGAR J. VÉLIZ F.
JUEZ SUPERIOR DE LA CORTE DE APELACIONES.
.....