En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, administrando justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano, ALEJANDRINO GARCÍA PÉREZ, Colombiano, titular de la cédula de identidad Nº E 80.447.955, nacido en fecha: 17/ 12/ 1938, de 73 años de edad, natural de "Varalla" Huila, Colombia, de profesión u oficio: Comerciante, residenciado en el Barrio "Morrones", Calle 1º de Diciembre, casa S/N, de Guasdualito Estado Apure, por la presunta comisión del delito AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana NAIROBI CAROLINA FARFAN MILANO, todo de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: La c.....