Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago convenido por los ciudadanos: ANGEL AGUSTIN SANCHEZ BELLO y MARIEL VIRGINIA MATERA GALIPOLLY, plenamente identificados en autos, a favor del niño: d, de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes. En consecuencia, se impone de carácter definitivo PRIMERO: El obligado alimentario acuerda la obligación alimentaria por la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs.12.000, oo) mensuales, los cuales serán descontados de la nomina de obligado alimentario a partir del 29/02/2016. SEGUNDO:Ambos Progenitores acordaron el bono Único escolar por la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍV.....