En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado JUAN CORDOBA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 20.868, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ALBERTO SOSA, titular de la cédula de identidad N° 6.430.371, contra la decisión de fecha 10 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: Se CONFIRMA PARCIALMENTE la decisión de fecha 10 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Ferna.....