se acordó Suspender la práctica de la Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la causa, hasta el día miércoles veinticuatro (24) de Marzo del corriente año, a los fines de que los mismos acordaron reunirse el día martes veintitrés (23) de marzo a las 10:00 a.m., en el escritorio jurídico de quien aquí expone, para llegar a un convenimiento o transacción, el cual se materializará en dicha reunión, es todo". Acto seguido, el Tribunal vista la exposición anterior, ordena SUSPENDER la práctica de la presente de la presente Medida Preventiva de Embargo