este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL RELIGIOSA IGLESIA CRISTIANA NATIVA "MACEDONIA ACHAGUAS" representada por su presidente ciudadano: OSCAR GALINDO ALAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 880.375, domiciliado en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurias constituidas por: Un Salón Principal que es su templo, un local para clase dominical, dos salas de baños, techo de acerolit, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro y paredes de bloques; dichas bienhechurias se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad municipal que le fue otorgado, en calidad Comodato prese.....