UNICO: Admite el Recurso de apelación ejercido por los abogados JOSÉ GREGORIO TREJO FIGUEREDO, JULIO CÉSAR NIEVES AGUILERA y JUAN PERNIA CAMPOS en sus condiciones de defensores privados del ciudadano ENIS YOVANNY BOFFIL, contra la decisión de fecha 10-03-2005, por ser impugnable y recurrible, conforme al artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente. Cúmplase.