PENA CUMPLIDA: 4 meses y 30 días.
PENA POR CUMPLIR: 2 años, 7 meses y 1 día.
CUMPLE LA PENA: 19 de noviembre de 2.008.
CUMPLE ¼ DE LA PENA (Destacamento de Trabajo): 19 de agosto de 2.006.
CUMPLE 1/3 DE LA PENA (régimen abierto): 19 de noviembre de 2.006.
CUMPLE 2/3 DE LA PENA (libertad condicional): 19 de noviembre de 2.007.
CUMPLE ¾ DE LA PENA: (confinamiento): 19 de febrero de 2.008.
PENAS ACCESORIAS
Fecha en que cumple la Inhabilitación política: 19 de noviembre de 2.008.
Fecha en que cumple la sujeción a la vigilancia a la autoridad: 25 de junio de 2.009.
Notifíquese al Ministerio Público, a la penada y a su defensor, para que en el lapso común de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
ABG. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ.-
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN P. LOGGIODICE.-
1E352-06
NMRR/CPL
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