UNICO: Se Ejecuta LA REDENCION DE LA PENA propuesta por la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa mediante acta de fecha 10 de Abril de 2006, observándose del presente cómputo que a la Ciudadana: MIREYA MARGARITA GOMEZ, le procede el estudio correspondiente, por parte de este Tribunal, en procura de dictaminar sobre la pertinencia de la LIBERTAD CONDICIONAL. Una vez firme la presente Ejecución. Expídase por secretaria copia certificada del presente computo y remítase al Director del Internado Judicial donde se encuentra la penada, e impóngase del presente computo. Cúmplase
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DR. DAVID OSWALDO BOCANEY