Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declarar Consumada La Perención y Extinguida la Instancia en la presente Querella Funcionarial; interpuesta por el ciudadano JOSÉ GREGORIO GARCÍA BLANCO, ya identificada, debidamente representada por el abogado en ejercicio Miguel Antonio Ledon Domínguez, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.408, contra la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora (UNELLEZ-APURE).-
Segundo: Se ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.