Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL PUNTO PREVIO DE FRAUDE PROCESAL POR FALSA APLICACIÓN DE LA LEY, alegado por el Abogado en ejercicio NABOR JESUS LANZ CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.052.016, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.342, en su carácter de apoderado judicial de la co-demandada ciudadana RONA COROMOTO PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.218.426. En virtud de la declaratoria Con Lugar del punto previo de Fraude Procesal por Falsa aplicación de la Ley, se ordena Notificar mediante oficio a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial a los fines de que aperture la .....