En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Declara sin lugar el primer petitorio interpuesto por el ABG. YIMIS W RUBIO en relación a la publicación del Acta de fecha 17 de junio de 2016, por cuanto que esta se encuentra publicada y anexa a la causa desde el mismo día en que se dictó la dispositiva y dichas actas no tienen apelación, una cosa es el texto integro del fallo, "SENTENCIA" que si tiene apelación y otra cosa es un acta de juicio