este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del acusado ALEXIS JOSE GOMEZ YANEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.632.439, hijo de Carmen Yánez y Luis Cedeño, nacido en fecha 26-10-1.979, domiciliado en Calle Bella Vista, Sector Brisas del Tanque, casa N° 2, Puerto La Cruz, Estado Anzoategui. En consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, de la causa a favor del acusado por los delitos de Violencia Física y Violencia Psicológica, previstos y tipificados en los artículo 17 y 20 de la Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de Jenny Jhoanna Melo Duque. Una vez quede definitivamente firme la presente decisión remítase al archivo judic.....