En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su Homologación Judicial al Desistimiento presentado por el ciudadano DARIO JOSE MORALES JUAREZ, anteriormente identificado para que surta el efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Se levanta la medida preventiva de secuestro decretada en fecha 02-04-2013, y se ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca del estado Apure, a los fines de que remitan el oficio N° 125 por medio del cual se les comisionó para que llevasen a cabo dicha medida. Líbrese oficio.
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente Homologación Judicial y archívese en su oportunida.....