DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, impuesta al penado: SISALEMA RIVAS FRANCISCO JAVIER, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.921.533, venezolano, residenciado en el Parque Residencial Los Overos, calle D, casa Nº D-28, La Encrucijada Estado Aragua. Por cumplimiento de pena de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, y a la Defensa. Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÒN.
ABG. YULI BALI ARVELO.